lunes, 22 de marzo de 2010

Situación de los CIE's: ¿reclusión o regulación?


En una época en la que estamos atravesando una de las mayores crisis económicas mundiales, son muchas las personas que siguen sufriendo y que mantienen la esperanza de conseguir una vida mejor, aunque sea a riesgo de perder su propia vida. Éste es el caso de las miles de personas del Magreb o del Sahel que cada año, y especialmente en primavera y verano, cruzan en pateras o debajo de un camión el Estrecho de Gibraltar para llegar a las costas españolas.

Los flujos migratorios con dirección a Europa ha bajado en el último año, justificando de algún modo que las dificultades económicas globales, afecta a las personas en sus ansias por emigrar en busca de una mejor calidad de vida. Según cifras de la Asociación Pro-Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) en 2009 se produjeron 206 muertes o desapariciones de personas que intentaron llegar a España, a diferencia de 2008 que fueron 581 personas. Sin duda, no debemos alegrarnos por estas cifras, porque siguen siendo muchísimas.

Podríamos indicar que son varias las razones por las que estas cifras son tan dispares de un año a otro, pero es difícil concretizarlas, ya que la migración es de todo menos sencilla, ya que convergen diversas causas. Una razón que se señala es la evidente relación entre la actual crisis global y la migración. Otra razón posible es la externalización del control de las fronteras, que afecta a los países tanto de origen como de destino. Y por último, se apunta a la férrea vigilancia y controles exhaustivos llevados a cabo en las fronteras que cercan al Sahel y el Magreb.

Todo esto es ya de por sí muy complejo y delicado, y las dificultades se acumulan y son en ocasiones insalvables para aquellas personas que deciden emigrar a otro país. Pero, ¿qué sucede cuando una persona es detenida por considerarla ilegal?, ¿cuál es el procedimiento que se sigue?, ¿existen centros donde se les recluye?, ¿se trata de un procedimiento a favor de una regulación normalizada o es un sistema que favorece la reclusión masiva y la vulneración de los derechos de los irregulares?

La Ley de Extranjería Española

Son muchas las preguntas, y complejas las respuestas entorno a la extranjería, ya que en ocasiones los casos personales pueden diferir en el resultado final. Concretamente, en España, la Ley de Extranjería (LO 2/2009), que se reformó en diciembre de 2009, considera a los inmigrantes como ‘útiles para el mercado de trabajo’ pero no como personas con dignidad y derechos. En este sentido, la Ley de Extranjería española incide en diferenciar la inmigración regular de la irregular, para justificar así el control de las fronteras y la externalización de la vigilancia de los países de paso o de origen. Se aboga por una regulación muy restrictiva, por la detención y la reclusión de aquellos etiquetados como ‘ilegales o irregulares’.

Existen diversas figuras jurídicas contempladas en la Ley de Extranjería en España, y son éstas:


  • DENEGACIÓN DE ENTRADA: Personas rechazadas en los puestos fronterizos habilitados, habitualmente, puertos y aeropuertos.

  • DEVOLUCIONES: Personas que trataron de entrar en España por puestos no habilitados como fronteras.

  • READMISIONES: Expulsados de España en virtud de acuerdos de readmisión con terceros países.

  • EXPULSIONES: Repatriados en virtud de las causas recogidas en la Ley de Extranjería a través de expedientes administrativos derivados de la estancia ilegal en España.



Los Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE’s)

La mayoría de inmigrantes que llegan a España, y son detenidos en territorio nacional porque carecen de documentos identificativos, se les intenta devolver a su país por haber entrado a través de puestos no habilitados en un máximo de 72 horas. Si pasado este período de tiempo, no se efectúa la devolución, se le pide a la autoridad judicial el internamiento del inmigrante, como medida cautelar, mientras se le tramita la orden de expulsión, y se averigua su nacionalidad y el posible acuerdo bilateral suscrito en materia de extranjería entre España y el país del inmigrante. El plazo máximo de internamiento será de 60 días, sin poder demorar este tiempo por cualquier causa.


Y es tanto en el modo como en la forma de ejecutar los expedientes y las órdenes de expulsión cuando se vulneran los derechos más fundamentales de personas que en muchas ocasiones desconocen o muestran graves dificultades para entender la lengua propia del país o las normas jurídicas y/o de los procesos administrativos de extranjería. La Fundación Cear ha publicado un informe en la que alertan de las deficiencias que se producen en los CIE’s, lo que ha llevado a presentar numerosísimas denuncias, como por ejemplo por tramitar órdenes de expulsión sin tener claro la nacionalidad del inmigrante, por extender más allá de los 60 días el período de internamiento, así como el trato vejatorio e inhumano que reciben muchos inmigrante en los CIE’s por parte del personal de los centros.

En los CIE’s sólo podrán internarse las personas que tengan la mayoría de edad (+18), ya que los menores no acompañados son protegidos por la Ley Orgánica de Proteción Jurídica del Menor. En España, existen actualmente nueve CIE’s como el de Aluche (Madrid), Capuchinos (Málaga) y Zapadores (Valencia). También, existen fuera del territorio nacional centros de internamiento para irregulares, que son subvencionados por la Unión Europea mediante convenios entre países europeos y países del Magreb o del Sahel.

En definitiva, la protección de los inmigrantes irregulares queda muy en entredicho, especialmente cuando son recluidos en los CIE’s. Debemos recordar que los inmigrantes son personas como nosotros, con derechos y también con deberes, pero no podemos seguir manteniendo una Ley de Extranjería que limita el derecho a moverse libremente y que vulnera los principios más fundamentales del ser humano, aunque se quiera justificar políticamente. Pero, en esta tarea, son tan responsables los países de origen como los de acogida, ya que las políticas migratorias y de extranjería son bidireccionales.

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